Cada año, en noviembre, la Iglesia nos invita a recordar de manera especial a las almas que se encuentran en el Purgatorio, ofreciendo una oportunidad única para ayudarlas a alcanzar la paz eterna. A través de indulgencias plenarias y parciales, los fieles tenemos la posibilidad de aliviar parcial o totalmente sus penas, realizando actos específicos de oración y devoción en los cementerios o iglesias.
Aquí explicamos en qué consisten estas indulgencias y cómo puedes participar en esta obra de misericordia en favor de los difuntos. Pero antes que todo, repasemos brevemente qué es el Purgatorio y qué son las indulgencias:
El Catecismo de la Iglesia Católica señala en los numerales 1030 y 1031 lo siguiente:
1030 Los que mueren en la gracia y en la amistad de Dios, pero imperfectamente purificados, aunque están seguros de su eterna salvación, sufren después de su muerte una purificación, a fin de obtener la santidad necesaria para entrar en la alegría del cielo.
1031 La Iglesia llama purgatorio a esta purificación final de los elegidos que es completamente distinta del castigo de los condenados. La Iglesia ha formulado la doctrina de la fe relativa al purgatorio sobre todo en los Concilios de Florencia (cf. DS 1304) y de Trento (cf. DS 1820; 1580). La tradición de la Iglesia, haciendo referencia a ciertos textos de la Escritura (por ejemplo 1 Co 3, 15; 1 P 1, 7) habla de un fuego purificador:
«Respecto a ciertas faltas ligeras, es necesario creer que, antes del juicio, existe un fuego purificador, según lo que afirma Aquel que es la Verdad, al decir que si alguno ha pronunciado una blasfemia contra el Espíritu Santo, esto no le será perdonado ni en este siglo, ni en el futuro (Mt 12, 31). En esta frase podemos entender que algunas faltas pueden ser perdonadas en este siglo, pero otras en el siglo futuro (San Gregorio Magno, Dialogi 4, 41, 3).
Por su parte, la indulgencia es la remisión de la pena temporal debida por los pecados ya perdonados en lo que se refiere a la culpa, es decir, aquellos pecados que hemos confesado y por los cuales se nos ha dado la absolución.
Indulgencias por los difuntos
El Manual de Indulgencias, en el numeral 29 indica lo siguiente:
Se concede indulgencia plenaria, aplicable solamente a las Almas del Purgatorio, al fiel cristiano que:
- en cada uno de los días del 1 al 8 de noviembre visite devotamente el cementerio y haga oración por los difuntos, aunque sea solo mentalmente;
- en el día de la Conmemoración de los fieles difuntos (o, con el consentimiento del Ordinario, en el domingo anterior o posterior, o en el día de la solemnidad de Todos los Santos) visite una iglesia u oratorio y rece un Padrenuestro y un Credo.
Se concede indulgencia parcial, aplicable solamente a las Almas del Purgatorio, al fiel cristiano que:
- visite devotamente el cementerio y haga oración por los difuntos, aunque sea solo mentalmente;
- que rece piadosamente Laudes y Vísperas del Oficio de difuntos o la invocación “Dales, Señor, el descanso eterno”
Dales, Señor, el descanso eterno y brille para ellos la luz perpetua. Que descansen en paz. Amén. (Ritual de exequias)
Además de estas indulgencias, que sólo son aplicables a difuntos, podemos aplicar a ellos muchas más durante todo el año. Puedes conocer más sobre las Indulgencias aquí: Qué son las indulgencias
Por qué debemos ayudar a los difuntos
Dice el Catecismo en el numeral 1032 que las Sagradas Escrituras nos hablan en 2 Macabeos 12, 46: “Por eso mandó [Judas Macabeo] hacer este sacrificio expiatorio en favor de los muertos, para que quedaran liberados del pecado”
Y agrega:
Desde los primeros tiempos, la Iglesia ha honrado la memoria de los difuntos y ha ofrecido sufragios en su favor, en particular el sacrificio eucarístico (cf. DS 856), para que, una vez purificados, puedan llegar a la visión beatífica de Dios. La Iglesia también recomienda las limosnas, las indulgencias y las obras de penitencia en favor de los difuntos:
«Llevémosles socorros y hagamos su conmemoración. Si los hijos de Job fueron purificados por el sacrificio de su padre (cf. Jb 1, 5), ¿por qué habríamos de dudar de que nuestras ofrendas por los muertos les lleven un cierto consuelo? […] No dudemos, pues, en socorrer a los que han partido y en ofrecer nuestras plegarias por ellos» (San Juan Crisóstomo, In epistulam I ad Corinthios homilia 41, 5).
En el constitución apostólica Doctrina de las Indulgencias, nuestra Iglesia señala que “cuando los fieles ganan las indulgencias en sufragio de los difuntos, realizan la caridad de la forma más eximia, y al pensar en las cosas sobrenaturales trabajan con más rectitud en las cosas de la tierra”.